Sentencia contra uno de los jóvenes agresores a miembros de “Sefarad Aragón”

Lugar: Zaragoza

Con fecha del 26 de abril, el Juzgado de Instrucción nº4 de Zaragoza ha declarado probado que el día 17 de septiembre de 2011, miembros de “Sefarad Aragón” que se encontraban en el centro comercial Aragonia realizando una actividad de caligrafía hebrea, fueron rodeados por un grupo de jóvenes que comenzaron a sacarles fotografías con sus teléfonos móviles, a la que vez que se burlaban de ellos y les gritaban “fascistas, racistas, asesinos”.

Los hechos han sido declarados probados y son legalmente constitutivos de una falta de vejaciones injustas prevista y penada en el Art. 620.2 del Código Penal.

“El denunciado, que formaba parte de un grupo, movido por el animo de molestar, humillar, ridiculizar y menoscabar la dignidad de las personas que estaban participando en la actividad de caligrafía hebrea desarrollada por la Asociación “Sefarad Aragón”, comenzaron a reírse de ellos, a sacarles numerosas fotografías con los teléfonos móviles y a gritarles expresiones que socialmente son consideradas ofensivas por cuanto implicaban un ataque a la cultura y a la historia que representaban,…”

El acusado ha sido penado como responsable de una falta de vejaciones injustas, a la pena de quince días de multa, a razón de una cuota diaria de seis euros, así como al abono de las costas procesales causadas.

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Condenado un neonazi por difundir ideas genocidas

Barcelona : Febrero 2012

Luis Antonio G. R., de 79 años, secretario del partido ultraderechista Estado Nacional Europeo (ENE) y editor de la revista Intemperie, ha sido condenado a un año de cárcel por la difusión de mensajes que “incitan a la discriminación, la exclusión y la eliminación de distintos grupos raciales”, además de exaltar “regímenes totalitarios”,

La sentencia obliga, además, a cerrar la página web del partido.

Enlace a la noticia:
http://ccaa.elpais.com/ccaa/2012/02/23/catalunya/1330028205_186257.html

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Un año y medio de prisión para un militar por apología nazi

Ha concluido el juicio al militar coruñes Daniel C.L celebrado en diciembre pasado en la ciudad de Vigo. (ver información)

La juez le ha impuesto un año y medio de prisión por un delito de  genocidio –por difundir ideas o doctrinas que lo nieguen o lo justifiquen– y lo absuelve del segundo que le imputaba la Fiscalía –que era por incitar al odio o violencia por motivos racistas, antisemitas u otros–.

Todo se remonta a junio de 2007. La juez considera probado que el acusado fue el autor de mensajes que se insertaron en un foro de Internet de ideología nacionalsocialista gallega con la intención de exaltar el nazismo y de “menoscabar la dignidad” de otras razas que no fuesen la blanca. Entre los archivos que se según la sentencia colgó en ese portal están las fotos de las pintadas que realizó junto a un compañero en dos edificios de A Guarda–con textos ´Galiza Branca´, ´Galiza Ariana´ junto a la esvástica nazi–. También insertó unas fotos que se hicieron ese mismo día en Santa Trega con los rostros tapados e imitando el saludo fascista. El fiscal dijo en el juicio que en el foro, en el que Daniel utilizó varios nicks, este joven también se refería con hostilidad a judíos o indios y se reproducían textos del ministro de Hitler Joseph Goebbels.

 

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Libertad provisional para el autor de blog nazi

Lugar: Barcelona

El día 24 de enero pasó a disposición judicial en el juzgado de instrucción nº 3 de Badalona una persona de 22 años detenida como presunto creador y administrador de un blog y una pagina en una conocida red social de internet donde se recogían auténticos “manuales de combate” con  un lenguaje que incitaba a la violencia contra determinados colectivos de personas definidas por su origen, etnia, raza, religión (Judía) u orientación sexual, recomendando la constitución de células paralimilitares con adoctrinamiento nacionalsocialista las cuales debían tener como finalidad llevar a cabo acciones violentas determinadas, señalando la forma de reclutar sus posibles integrantes y facilitando instrucciones concretas sobre cómo realizar agresiones físicas a personas y / o acciones de sabotaje a organismos oficiales.

Las investigaciones fueron llevadas a cabo por parte de Mossos d’Esquadra e iniciadas por el Servicio de Delitos de Odio y Discriminación de la Fiscalía Provincial de Barcelona en virtud de una denuncia formulada por una organización de defensa de víctimas y derechos humanos.

El detenido ha quedado en libertad con cargos con la obligación de comparecer los días 1 y 15 de cada mes ante el juzgado, todo ello por su presunta participación en un delito de provocación al odio, la violencia y la discriminación del art. 510 del código penal, otro de difusión de ideas que justifican el genocidio del art. 607.2 cp y un delito de tenencia ilícita de armas.

Prensa :  Libertad provisional para el autor de un blog nazi con manuales de combate

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Sentencia a Asociación Hammerskin

Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo a la Asociación Hammerskin España
Madrid, Diciembre 2011

Con fecha del 28 de diciembre de 2011, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de casación interpuestos por los acusados contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección VII, por delito de asociación ilícita y tenencia ilícita de armas.

La asociación Hammerskin España ha sido considerada por la Audiencia Provincial de Madrid asociación ilícita de carácter neonazi dedicada a la promoción del odio, el racismo, la xenofobia y el nazismo.

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