El Tribunal Supremo considera que los acuerdos de ayuntamientos para no suscribir convenios con instituciones israelíes ni contratar con empresas vinculadas con este país son discriminatorios y vulneran derechos fundamentales.

La Sala de lo Contencioso Administrativo ha fijado este criterio tras analizar el caso concreto de Ayuntamiento de Reinosa (Cantabria) que el 7 de julio de 2016 aprobó un acuerdo en el que se sumaba al movimiento Boicot, Desinversión y Sanciones contra Israel (BDS) anunciando medidas concretas respecto a la relación hacia empresas e instituciones de este país.